martes, 29 de marzo de 2011

Teoría Tridimensional del Derecho

La teoría tridimensional del derecho identifica tres aspectos del derecho que darían lugar a tres perspectivas de análisis de la realidad jurídica. El derecho puede ser contemplado desde un punto de vista fáctico (derecho como hecho social), desde un punto de vista normativo (el derecho como norma) y desde un punto de vista axiológico o valorativo (el derecho como representación de la justicia). La teoría tridimensional constituye una simple herramienta metodológica para la más adecuada comprensión de la realidad jurídica. La consideración de otras hipotéticas dimensiones del derecho y otras correlativas diferentes perspectivas para su análisis nos corrobora las limitaciones de un esquema teórico que debe ser completado con otras aportaciones teóricas como el origen del derecho y las relaciones existentes entre derecho y poder, por mencionar algunas.

Dimensión Fáctica: Manifestada como un hecho social, esta dimensión observa al Derecho como un acontecer que se presenta de manera cotidiana en la vida de las personas, a este fenómeno se le conoce como “La Omnipresencia del Derecho”.
Dentro de esta dimensión fáctica, se puede estudiar al fenómeno jurídico desde dos ámbitos:
Dentro del mismo Derecho.
Desde el punto de vista de otras ciencias sociales.
Dentro del mismo Derecho, las disciplinas que se encargan de dicho estudio son:
Dimensión Normativa: En esta dimensión, se reconoce al fenómeno jurídico en su presencia estrictamente jurídica. Así, el Derecho se caracteriza entonces por establecer las conductas sociales que los individuos deben asumir dentro de la vida en comunidad. Como consecuencia de esto, esta dimensión se ve reflejada en las normas jurídicas que prescriben una conducta social debida. A esto se le conoce como norma jurídica.
En este punto es muy importante señalar que, dentro de la sociedad podemos encontrar diferentes tipos de conductas debidas y de normatividades, como lo son las normas morales y religiosas. Sin embargo, las normas jurídicas (o las normas de Derecho) se van a distinguir de las dos anteriores debido a que cuentan con una nota muy particular que es la coacción. Esta coacción implica la facultad de hacer cumplir una norma jurídica incluso en contra de la voluntad de los individuos a través del uso de la fuerza legitimada e institucionalizada del poder político y soberano.
Dimensión axiológica o valorativa: Esta dimensión es la que concibe al derecho como valor, portador y garantizador de otros valores superiores. Detrás de la existencia de las normas jurídicas, y como razón de su obligatoriedad, se encuentran los valores que necesariamente son perseguidos por todo Derecho.
La dimensión axiológica es la que se va a encargar del análisis del “Doble estándar valorativo del Derecho”. Este doble estándar valorativo se refiere:
Al derecho como valor que surge, de su sola presencia en la sociedad, como generador de valores jurídicos con carácter instrumental (Orden, seguridad e igualdad).
Al derecho como portador de valores superiores, como la vida y la dignidad humana.
El intento de generar una Teoría Tridimensional que posibilite una concepción del Derecho más allá de la clásica categorización kelseniana del Derecho, nos permite dar un acercamiento pleno con la realidad tan dinámica y cambiante en la que vivimos, por ello para el operador jurídico reviste de gran relevancia por los efectos que su consolidación puede traer para la practica jurídica.

1 comentario:

  1. Gracias por el aporte me sirvio de mucho, me gustaria que pusieses la fuente de la informacion. =)

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