martes, 29 de marzo de 2011

Los Métodos de Interpretación Jurídica


La Teoría de la Interpretación Jurídica, es la parte de la Teoría General del Derecho destinada a desentrañar el significado último del contenido de las normas jurídicas cuando su sentido normativo no queda claro a partir de un análisis logico-jurídico interno de la norma, se auxilia de la Hermenéutica Jurídica para realizar tal actividad.
Ya que la Interpretación es una actividad humana, ésta proviene de la persona, el sujeto o autor que la realiza; es decir, del intérprete. Bajo esa lógica, la Interpretación puede ser doctrinal o científica, judicial o jurisprudencial y auténtica o legislativa.
a) Interpretación Doctrinal. Es la interpretación practicada por los doctrinarios, por los teóricos, por los juristas o jurisconsultos, por los tratadistas, por los estudiosos del derecho, y en general por quienes se dedican a la ciencia del derecho; de ahí que también se le conozca a esta Interpretación como "científica".
b) Interpretación Judicial. Es la practicada por los jueces y tribunales para emitir sus decisiones (sentencias y demás resoluciones motivadas jurídicamente) en las cuales esta interpretación queda plasmada.
c) Interpretación Auténtica. Es la realizada por el propio autor de la norma; se dice también que es la efectuada por el legislador o, mejor dicho, por el poder legislativo, en el entendimiento de que éste es el autor de la norma y de allí que a esta interpretación se le denomine también "interpretación legislativa".
Con el propósito de alcanzar la significación y el mensaje de las normas, diversos métodos han sido propuestos y desarrollados, tales como: el gramatical, el lógico, el sistemático, el histórico y el método teleológico.
Además de lo anterior, podemos encontrar como métodos de interpretación utilizados por el operador jurídico los siguientes:

EXEGÉTICO
LITERAL
LÓGICO

Bajo esa lógica, tenemos que la Hermenéutica Jurídica es la que realiza el análisis de los distintos métodos de interpretación normativa y la selección que hace el operador jurídico de los métodos de interpretación.

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